sábado, 28 de noviembre de 2009

Interés por hacer caja


Iluso de mí…hace unos años yo pensaba que en tiempos de crisis la Administración sería más benevolente con sus administrados, pensaba que sería un poco permisiva con errores administrativos en cuanto a la relación entre ambos….Iluso de mí. Estaba equivocado. Ahora hay más obligaciones, más impuestos y mas trabas.

Ejemplos de ello podemos poner muchos:

  • Cada mes las empresas tienen la obligación de presentar el modelo de pago a la Seguridad Social (TC1) junto con el modelo de relación nominal de trabajadores (TC2). Ojo, que no se nos olvide presentarlo, porque de lo contrario pagaremos un20% de recargo además de perder la bonificación de los contratos de la empresa (si los hay) incrementados también, como no, en un 20%. En cierta ocasión me ocurrió eso, por aquellas maravillas administrativas que ocurren a veces en los despachos, desde el mío se omitió la presentación de uno de ellos. Este suceso fue objeto de Inspección de trabajo, y la inspectora que me atendió me dijo que esto que me había ocurrido era corriente entre las gestorías, que no era el primero ni el último al que le iba a pasar. La broma me costó 600 € (no se los haré pagar a mi cliente, por supuesto). Después de eso estudié el modificado Reglamento de Recaudación y ví como se había derogado un artículo que hablaba de la posibilidad de condonación de recargos ante errores administrativos.
  • No se nos ocurra presentar una declaración informativa, que no tiene repercusión económica alguna si nos damos cuanta a tiempo, porque obtendremos también nuestra correspondiente sanción. (hasta 150 €).

Ejemplos de estos hay infinitos. Luego la administración nos llama “colaboradores” a graduados sociales, gestorías, asesores fiscales, etc…. Yo los llamaría esclavos, o fuente de sacar dinero. Desde la Administración, sea cual sea, se debería tener en cuenta que hay errores intencionados y otros que no lo son, y no es tan difícil establecer cuáles son unos u cuáles otros. Muchas Gestorías y compañeros de trabajo hacemos cada mes una previsión de fondos para que si ocurre alguna de estas cosas nos afecten lo más mínimo posible.

Puedo afirmar, que actualmente se está penalizando el error en lugar de la intención. Podría establecerse un cupo por Gestoría, o la posibilidad de analizar la intencionalidad….pero eso no es así, eso no interesa.

Como he dicho al comienzo del post, estamos en crisis….y esta es una forma más de obtener dinero.

Etiquetas: , ,

domingo, 4 de octubre de 2009

El pero del Sistema RED.

El Sistema Red de la Seguridad Social se ha convertido en la herramienta imprescindible de comunicación entre la Administración de la Seg.Social y las empresas.

Dicha aplicación ha evolucionado enormemente desde su implantación hasta nuestros días.

Tiene innumerables ventajas, tanto para la Administración como para las empresas (bueno, realmente para los asesores de las empresas)

Para la Seguridad Social:

· Ya no deben mecanizar los documentos TC2 (relación nominal de trabajadores donde al miso tiempo se informa sobre la base de cotización de los mismos). Tampoco se mecanizan el resto de cotizaciones: atrasos de Convenio Colectivo, de salarios de tramitación, etc…

· Trabajo que se ahorra también la Administración a la hora de tramitar las altas, bajas y variaciones de datos (cambios de contratos, variaciones de jornada) de los trabajadores.

Para las Empresas:

· Las pequeñas empresas no lo notan, pues suelen tener el trabajo encomendado a gestorías, asesorías y graduados sociales, que somos los que realmente mantenemos la relación con la Administración en nombre de nuestros clientes.

· Empresas grandes, con departamentos de personal sí tienen las mismas atribuciones que las Asesorías, pero solo referente a ellas mismas.

Para Asesorías, Gestorías…:

· Altas, bajas y variaciones de datos de los trabajadores. Las realizamos telemáticamente. Ya no hemos de desplazarnos a la Oficina de la Seguridad Social.

· Domiciliación en cuenta de los seguros sociales (el famoso TC1) en la cuenta bancaria de nustros clientes. De esta forma se evitan “olvidos” a la hora de pagar la cuota a la seguridad social.

· Obtención de Certificados de Situación de Cotización de nuestros clientes, al mismo tiempo de un gran número de diferentes listados (de trabajadores de alta, de histórico de trabajadores en la empresa, etc…).

· Mecanización de altas y bajas por enfermedad (hacia el INSS).

La implantación de dicho sistema ha supuesto un gran avance para todos, ahorrando tiempo, papel, desplazamientos, tiempo y eficacia….Sin embargo, siempre hay algunos peros.

  • Dificultad a la hora de contactar con el servicio de soporte telefónico de la Seguridad Social para hacer consultas sobre el funcionamiento del sistema y problemas de software. Muchas veces no conseguimos contactar y dejamos mensaje en un contestador. En un tiempo no determinado, te llaman por teléfono, y como no tengas la suerte de estar en el despacho, delante del ordenador, no te acuerdas de por qué has llamado, o como no tienes la información delante no puedes realizar la consulta, debiendo luego dejar un nuevo mensaje y esperar a que la próxima llamada te la hagan en el momento preciso.
  • RESPONSABILIDAD: La realización de estas Gestiones conllevan un elevado grado de responsabilidad. Debo reconocer que al cometer errores en afiliación (altas, bajas de trabajadores…) la administración es tolerante con nosotros, pero cuando hablamos de COTIZACION (o sea, pago de cuotas)…eso es otra cosa. Debemos ser cuidadosos y no equivocarnos. En mi opinión, creo que la Administración parte de la idea de que los errores que podamos realizar parten de la mala fé, y no de errores administrativos. Las consecuencias son siempre económicas, y lógicamente, debemos asumir nuestros errores. Podríamos, por ejemplo, pensar que hemos realizado un envío de un fichero de cotización, y por error no haberlo hecho. Si nos damos cuenta antes de que nos lo reclamen, la broma nos sale por un 20% de recargo sobre las cotizaciones (también se quitarían las bonificaciones y subvenciones a la empresa, y también se las incrementa en un 20%. Pero si por desgracia no nos damos cuenta, la reclamación es la misma, pero la bases sobra la que se calculan esos porcentajes no son los salarios reales de los trabajadores, sino los estimados por la Seg.Social, o sea, elevadísimos, y además deberemos asumir intereses por mora.

En el antiguo Reglamento de recaudación había un artículo que hablaba de la posibilidad de condonación de pago de recargos ante situaciones como las descritas….pero muy ágilmente, al redactarse el nuevo reglamento ese artículo desapareció. O sea, como legalmente no pueden “perdonarte”, no lo hacen.

La Administración debería darse cuenta del esfuerzo que desde las Asesorías y Gestorías hemos hecho para adaptarnos a la implantación de dichos cambios. Pensemos que enviamos cotizaciones de muchas empresas y podemos cometer errores administrativos NO INTENCIONADOS.

Si hubiera voluntad por parte de la Administración, podrían establecerse sistemas de cupos de errores en Gestorías o asesorías…por supuesto que fueran fiscalizados….pero eso representaría obtener menos ingresos.

La administración nos llama “colaboradores”….yo tengo colaboradores, pero si les trato así, penalizándolos cuando cometen errores, pronto me quedaré sin ellos……Por eso creo que esa denominación es errónea.

martes, 15 de septiembre de 2009

Ofertas de trabajo al Inem




Las empresas que necesitan personal, pueden contactar con el Inem haciendo una oferta de empleo. El Inem, por su parte facilita a las empresas a los trabajadores que necesitan en base a los requisitos que éstas han requerido (que el trabajador tenga carnet, que tenga X conocimientos, experiencia, etc...).....Sin embargo, a la vista de las experiencias que he vivido a lo largo de mi carrera profesional, me decanto por aconsejar a mis clientes que lo mejor es que pongan un anuncio en la prensa local solicitando el personal que necesitan.

No sé exáctamente los criterios que sigue (o ha seguido hasta ahora el Inem, pués debemos pensar que ahora vivimos unos tiempos "extraños" debidos a la crisis), pero creo que hasta la fecha no han sido los más acertados, más que nada lo digo por los resultados obtenidos por mis clientes.

Desde el Inem enviaban a las empresas trabajadores con la siguiente problemática (como ejemplos):

  • Trabajadores con pocas ganas de trabajar, sólo iban a la entrevista de trabajo para que les pusieran el sello para justificar que habían ido a la misma y no perder su prestación....malpensando, creo que se debía enviar a las personas con más prestación pendiente de cobro, que es la que menos prisa tiene por encontrar trabajo.
  • Gente poco cualificada. Se pedían, por ejemplo, oficiales primera de construcción, y los pocos interesados que venían eran escasamente peones, eso sí, decían que eran oficiales.
  • Esos "trabajadores" que iban a sellar, incluso a veces se enfadaban si el empresario les hacía esperar un poco....

Como colmo del descaro, puedo comentar un caso que me llamó mucho la atención: Un cliente, montador de aluminio, me pide que haga, en su nombre, una oferta de trabajo al Inem solicitando un montador Oficial de 1ª. Empiezan a enviar gente (para lo del sello, claro). De pronto, llega un "señor", me niego a llamarlo trabajador, que parecía interesado en el trabajo, pero éste, quería imponer sus condiciones:

  1. Quería trabajar en negro, porque así podía seguir cobrando el PARO. Según él eso era bueno para mi cliente, porque así se ahorraba el coste de Seguridad Social.
  2. Para darse más prisa, además éste iba a llevarse a su "ayudante", así tenía "dos por el precio de uno"
  3. En el caso de que no le interesaran estas condiciones, el "trabajador" "autorizaba" a mi cliente a que le llamara para hacer trabajos puntuales (siempre en negro, claro).

O sea, que ese trabajador, cobraba el paro, quitaba el trabajo a las personas que realmente necesitan trabajar y además utiliza los servicios del Inem como fuente y base de datos para encontrar "clientes"....

A la vista de esto, mi cliente me hizo caso y puso un anuncio en la prensa, contratando posteriormente a una persona válida.

He de decir que si mi cliente hubiera aceptado, habría estado expuesto a una multa de 6.000 € por dar trabajo a un perceptor de la prestación por desempleo, mientras que al trabajador....le hubieran quitado la prestación.....(y punto)....No entiendo como se puede ser tanduro con uno, y tan blando con el otro....pero esa es otra cuestión.

Lógicamente ahora las cosas han cambiado dada la situación económica actual. Ahora sí hay realmente trabajadores que quieren trabajar, pero no hace tanto que ocurrió esto, en concreto a finales del 2008.

No quiero decir con ello que la intención del Inem no sea buena, ni mucho menos, sino que vista mi experiencia, no es eficaz. No se cual, pero se debería establecer un sistema que filtrara situaciones como esta, un sistema que sancionara ejemplarmente situaciones como la descrita.

Espero que cuando la situación mejore, y las empresas vuelvan a necesitar personal, se invente un sistema un poco mejor.



miércoles, 26 de agosto de 2009

El abuso en la Incapacidad Temporal


La Incapacidad Temporal (antigua Incapacidad Temporal Transitoria) es la situación en la que el trabajador se ve imposibilitado para poder seguir desarrollando su trabajo.

Dicha Incapacidad temporal puede ser debida a:

· Accidente de trabajo.

· Enfermedad Profesional.

· Accidente no laboral.

· Enfermedad común.

La Incapacidad Temporal tiene una duración máximas de doce meses prorrogables hasta los 18 si durante esa prórroga se prevee la posibilidad de curación del trabajador.

En cuanto a la retribución que percibe el trabajador durante este período de tiempo varía en función de la causa de la misma:

· A.Trabajo y E.Profesional: 75% a partir del primer día de la baja

· E.Común y Accidente no laboral: 3 primeros días no se cobra, del cuarto al 20 se cobra el 60%, y a partir del 21, se cobra el 75%.

Además, en función del Convenio Colectivo que se aplique en la empresa, a veces hay complementos que aumentan dicha prestación hasta el 100%.

Me voy a referir en este post a la I.Tempral derivada de enfermedad común, y en concreto a lo injusto que es que se utilice la misma como medida para coaccionar a las empresas. Todos sabemos cuales son los consejos de algunos laboralistas y representantes de trabajadores ante situaciones de conflictividad laboral: “ve al médico de cabecera y que te haga un parte de baja por …lumbalgia, cervicales, porque te ha salido un flemón, por depresión, etc…”), y acto seguido, aparece el trabajador o un familiar suyo aportando a la empresa dicho documento….

Está muy mal pervertir esta importante y necesaria prestación para conseguir objetivos distintos a aquellos por las que fue concebida. Esto no es beneficioso para nadie:

· Para la empresa, obviamente. Tener a una persona de baja laboral supone un gran gasto económico, además de perder mano de obra para desarrollar su trabajo.

· Para los compañeros del trabajador, que al no poder sustituir la empresa al mismo, deben esforzarse aun más para sacar adelante el trabajo del mismo.

· Al médico de cabecera que extiende el parte de baja innecesariamente (se le pone entre la espada y la pared, si alguna vez no es amenazado por no hacerlo).

· Al gobierno y a todos en general, que acabamos pagando dichas bajas con nuestros impuestos.

Creo que sería conveniente objetivar en la medida de lo posible los tiempos de curación para que las empresas pudieran planificar el tiempo en el que no van a contar con el trabajador, evitar picaresca del trabajador, quitar el compromiso a los médicos por supuestas amenazas…. El Ministerio de Trabajo ha hecho públicas unas estimaciones de enfermedades y tiempos de curación. http://www.elmundo.es/mundodinero/2009/07/29/economia/1248859839.html

Me parece un primer e interesante paso de cara a resolver este problema.

lunes, 3 de agosto de 2009

Mas Incompatibilidades

Voy a aprovechar la oportunidad que me brindan mis blogs www.rankia.com/blog/impresionesdelseguro y http://impresioneslaborales.blogspot.com/ para pedir a lectores que entiendan de esta materia alguna explicación.

Soy incapaz de entender la incompatibilidad que se establece en la ORDEN TIN/221/2009 de 10 de febrero (www.boe.es/boe/dias/2009/02/12/pdfs/BOE-A-2009-2391.pdf) en concreto la Disposición Adicional cuarta artículo 2 d) “Habilitación e incompatibilidades”

Haciendo un breve resumen, comentaré que la Administración de la Seguridad Social, ha pagado un porcentaje como contraprestación al trabajo realizado por asesores laborales (graduados sociales, gestorías, etc..) al confeccionar la cotización de las empresas. Es, en definitiva, un pago por un trabajo realizado. Pues bien, resulta que la mencionada orden viene a decir que si se es MEDIADOR DE SEGUROS, y al mismo tiempo se realiza cotización a la Seguridad Social, no es compatible el cobro de dicha contraprestación y el de cobro por comisiones de compañías de seguros o siendo agente exclusivo o colaborador externo. No entiendo la aplicación de esa incompatibilidad, ni su génesis ni nada. Me gustaría que alguien me la explicara….¿Que tiene que ver una cosa con la otra?...¿Acaso se puede coaccionar o algo si se ostentan ambas condiciones?...¿Porque es incompatible dicha contraprestación con un mediador de seguros y no con ser asesor fiscal o abogado o vendedor de zapatos?...¿Es que no se valora mi trabajo como graduado social si al mismo tiempo soy mediador de seguros, y por el contrario sí se valora si soy también asesor fiscal?

O sea, si se és al mismo tiempo:

  • Graduado Social y Mediador de Seguros….…es incompatible.
  • Graduado Social y Asesor Fiscal…………….SÍ es compatible.

Puede que el origen sea que las Mutuas de Accidentes de Trabajo, que son las que recaudan y nos pagan la contraprestación, inicialmente hacían algún tipo de Seguros Generales, creo que ya no pueden hacerlo (ruego me corrijan si me equivoco), y que quizás la causa pueda ser evitar posibles coacciones….pero en definitiva..NO ENTIENDO EN QUE AFECTA QUE MEDIADORES PODAMOS REALIZAR Y COBRAR POR HACER LAS DOS COSAS. Si la razón es la de evitar posibles coacciones a la hora de hacer seguros, creo que podrían mirar a otros casos mas flagrantes…

Se trata de un problema grave que afecta a ambos colectivos. Me consta que hay muchos compañeros que se hallan en la misma situación.

He planteado escritos a ambos Colegios Profesionales a los que pertenezco. El de Mediadores de Seguros a actuado rápidamente dando soporte y asesoría a compañeros afectados. El Colegio de Graduados Sociales Provincial ha elevado el escrito al Consejo General del Colegio de G.S. para que se discuta sobre dicho asunto. Estamos a la espera de resolución para ver como se actúa.

Respecto a lo que personalmente opino de la Ley es que o está hecha con los pies y se tratan temas que se desconocen, o está hecha con una intención clarísima.

Por ello, ruego que si alguien es capaz de explicarme el por qué de esta orden, que lo haga.

domingo, 19 de julio de 2009

La Formación de los empresarios


En nuestro país hay un gran número de Autónomos y pequeños empresarios. Muchos de ellos cuentan con uno o varios empleados y, por supuesto con muchísimas responsabilidades.

El hecho de ser “su propio Jefe” presupone que todo pequeño empresario debería ser capaz de autogestionarse, porque el hecho de desarrollar una actividad económica conlleva una gran responsabilidad a nivel económico, laboral, social…con una gran cantidad de agentes sociales (trabajadores, proveedores, clientes, Hacienda, Seguridad Social, etc…), porque si no se lleva un buén control sobre sí mismo se está condenado a un rápido fracaso.

Cada vez que tengo relación con un nuevo cliente me pregunto: ¿se imagina este señor todas las responsabilidades que se le vienen encima?-¿será capaz de vencer todas las vicisitudes y problemas que tendrá que afrontar? Sinceramente, no me atrevo a dar un porcentaje, pero puedo afirmar que gran parte de ellos NO ESTÁN PREPARADOS, de hecho, gran parte de ellos no dura ni un semestre de alta en u actividad.

En Gestorías y Asesorías (por lo menos en la mía), intentamos “enseñar” a nuestros clientes qué obligaciones tienen, a dotares de autonomía en sus tomas de decisiones, porque creemos que un cliente así, será un cliente duradero. Intentamos enseñarles aparte cuales deben ser sus límites, no todos estamos preparados para embarcarnos en grandes negocios (a lo mejor estoy capacitado para controlar a 5 trabajadores, pero cuando tengo 20 las responsabilidades legales y los problemas van a superarme).

Para cosas muy triviales a veces nos exigen cursos de formación, pero para algo tan importante como desarrollar una actividad económica NO SE PIDE NADA, y eso es muy peligroso, pues su desconocimiento repercutirá en trabajadores, clientes, proveedores, seguridad Social, Hacienda….).

Muchas profesiones requieren una formación propia y específica que es legalmente obligatoria y necesaria: economistas, abogados, mecánicos, mediadores de seguros, etc…pero además de tener dicha formación como requisito para desarrollar su actividad se debería hacer un pequeño curso previo de: fiscalidad (para conocer qué impuestos se verá obligado a pagar y sus plazos), contabilidad (para saber como llevar sus cuentas), laboral (saber mínimamente algo de derecho Laboral y de Seguridad Social), etc… No me malinterpreten, no quiero que me quiten el trabajo…je je je, vivo de ello, solo pienso que todo empresario debería saber que esas cosas que he nombrado EXISTEN, y por tanto tienen obligaciones. En las Asesorías y Gestorías ya se lo canalizaremos de forma correcta.

sábado, 18 de julio de 2009

Mis clientes ante la crisis

En mi blog pocas veces voy a dar estadísticas ni voy a emplear demasiados tecnicismos. Hay blogueros que son grandísimos profesionales, mejores que yo, y sus blogs son referentes de lectura. Este blog lo escribo para entretenerme, para preparar cada post no quiero consultar extensa bibliografía y referencias. Pretendo dar un poca mas a conocer la profesión del Graduado Social, pretendo que sea ameno y que sea lo que he titulado, Impresiones Laborales, Impresiones sobre la profesión del Graduado social, Impresiones sobre mis clientes y su problemática y lo que se me ocurra.

Cuando hablo de “mis empresas” no quiero decir que yo sea un grupo empresarial ni nada por le estilo… Me refiero en sentido cariñoso a las empresas que tienen mis clientes y a las cuales asesoro laboralmente.

La mayoría de mis clientes-empresas son pequeñas empresas y pymes. Tienen un tamaño medio de tres o cuatro empleados, y lo que quiero resaltar en este post es que detrás de ellas no hay grupos de accionistas esperando recibir dividendos de sus acciones y grandes beneficios, sino que lo que suele haber es un administrador-titular de su negocio que a su vez es trabajador de su empresa. Se habla mucho de la situación en la que quedan los trabajadores cuando hay un despido, un fin de contrato, un expediente de regulación de empleo….lo que hay es el PARO, y además cuando éste se acaba, que en función del tiempo trabajado puede durar hasta los dos años, está el subsidio por desempleo, que también tiene una duración variable, durando, según el caso hasta la edad de jubilación. En ese período de tiempo el trabajador debe buscar un nuevo empleo (en los tiempos que corren cierto es de la dificultad de encontrarlo). Podríamos decir que ese tiempo y dinero que se le ofrece es insuficiente, pero no lo es si lo comparamos con las ayudas que percibe ese pequeño empresario que ha tenido que cerrar su negocio. Ese pequeño empresario, además, responde con las su patrimonio personal por las deudas contraídas con la Seguridad Social, con Hacienda, con Bancos, etc….en el caso de que actúe como persona física. No se mira la causa del cierre o desaparición de su actividad, simplemente van a liquidarse sus bienes para pagar sus deudas. ¿Alguien ha pensado en la situación personal de esos pequeños empresarios que hasta que han tenido problemas económicos han dado trabajo y medios de vida a sus trabajadores y familias? ¿Qué les queda a esos empresarios después del cierre? NADA. Esos empresarios, que también tienen familia no tienen NADA, bueno, sí, una deuda de por vida, que según como se hayan desarrollado las cosas si tiene suerte podrá saldar. A veces pensamos que esos empresarios no tienen hipotecas, no tienen préstamos, sus familias no tienen problemas económicos…pero eso no es cierto.

Lo que pretendo destacar en este post es que esos empresarios de los que hablo, son los grandes olvidados por el gobierno en la crisis, que después de la quiebra de su negocio (que muchas veces no es culpa suya, sino de la coyuntura económica) no les queda NADA, ni desempleo, ni subsidio ni nada de nada. Quiero romper una lanza a favor de ellos y les animo a resistir ante la situación, que a todos nos han enseñado que la economía es cíclica y que imagino, alguna vez terminará esta situación.